SALA SUPERIOR  - SEGUNDA SECCIÓN.
 

NOTA INFORMATIVA NÚMERO 19.
 

ASUNTO: PROGRAMACIÓN DE ACUERDOS.

 

Ciudad de México, a 13 de agosto de 2025.
“2025, Año de la Mujer Indígena”.

MAGISTRADOS INTEGRANTES DE LA
SEGUNDA SECCIÓN DE LA SALA
SUPERIOR Y PÚBLICO EN GENERAL.
P R E S E N T E

 


SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA


Se les comunica que en la sesión pública que celebrará la Segunda Sección de la Sala Superior el jueves 14 de agosto de 2025, que se efectuará a las 12:00 horas, en el salón de sesiones de la Sala Superior, ubicado en el piso 16, del edificio de Insurgentes Sur, No. 881, Colonia Nápoles, y se transmitirá a distancia al público en general, utilizando herramientas tecnológicas, será puesto a su consideración lo siguiente:

A)    APROBACIÓN DE ACUERDOS.

1.-
Propuesta de acuerdo para dejar insubsistente la sentencia de fecha 1° de febrero de 2024, dictada por esta Segunda Sección en el juicio contencioso administrativo 7510/16-06-01-9/708/19-S2-06-04, en virtud de lo ordenado en la resolución de 15 de julio de 2025, pronunciada por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en el Juicio de Amparo Directo D.A. 296/2024.

2.- Propuesta de acuerdo para dejar insubsistente la sentencia de fecha 21 de marzo de 2024, dictada por esta Segunda Sección en el juicio contencioso administrativo 6546/16-07-03-3/2696/18-S2-07-04-[09], en virtud de lo ordenado en la resolución de 7 de agosto de 2025, pronunciada por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en el Juicio de Amparo Directo D.A. 286/2024.

B)    LOS ASUNTOS PROGRAMADOS EN EL ORDEN DEL DÍA 29/2025.

 

ATENTAMENTE

 


LICENCIADO ALDO GÓMEZ GARDUÑO.
SECRETARIO ADJUNTO DE ACUERDOS DE LA SEGUNDA SECCIÓN
DE LA SALA SUPERIOR.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 48, fracciones I y VIII, de la
Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en
relación con el Quinto Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley
General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de
Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal
de Justicia Administrativa, así como en el artículo 57, fracciones I y VIII,
de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

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